Derivaciones escolares: qué son y cuándo son legales
Derivaciones a orientación, PSC o servicios sociales.Qué son y cuándo son legales
¿Qué es una derivación?
Una derivación es la comunicación de información (sin necesidad de apertura de expediente) sobre un menor o su familia a otro servicio, ya sea:
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orientación educativa
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equipos psicopedagógicos
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servicios sociales
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PSC u otros dispositivos externos
No toda derivación es ilegal, pero toda derivación debe estar justificada, documentada y ser proporcional.
Cuándo una derivación es problemática
Una derivación puede ser irregular cuando:
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no se informa previamente a la familia
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no existe informe previo accesible
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no se explica la base legal
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se realiza como respuesta a un conflicto
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se presenta como “automática” o “inevitable”
Especialmente grave es cuando se produce sin consentimiento y sin situación de riesgo acreditada.
Qué puede exigir la familia
La familia puede exigir por escrito:
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copia del informe que motiva la derivación
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fecha de elaboración
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autor del informe
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destinatario
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base legal concreta
¿A quién se puede exigir información y responsabilidades en una derivación?
Cuando una familia sospecha o constata una derivación irregular, no existe un único interlocutor. Cada actor tiene obligaciones distintas, y saber a quién dirigirse es clave para no perder tiempo ni quedar atrapado en el “pásese por aquí”.
🟦 Al centro educativo
Qué se le puede exigir:
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Copia del informe que motivó la derivación
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Fecha de elaboración
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Autor o autores del informe
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Actas de reuniones relacionadas
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Justificación pedagógica o educativa
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Aclaración de si la derivación fue propuesta, solicitada o ejecutada por el centro
Por qué es clave:
El centro suele ser el origen del relato. Aunque no sea quien “tramite” la derivación final, sí genera información que luego se comunica a terceros.
📌 Siempre por escrito y con registro.
🟦 Al Delegado de Protección de Datos (DPD)
Qué se le puede exigir:
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Qué datos personales se han tratado
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Qué datos se han comunicado
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A qué organismos concretos
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En qué fechas
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Con qué base legal
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Si ha existido o no consentimiento
Por qué es clave:
El DPD es responsable de garantizar el cumplimiento del RGPD.
No puede limitarse a respuestas genéricas ni derivar sin aclarar.
📌 El DPD no decide la derivación, pero sí responde sobre los datos.
🟦 A Servicios Sociales (o PSC)
Qué se le puede exigir:
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Copia del informe recibido
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Identificación del organismo remitente
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Fecha de entrada
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Contenido íntegro del expediente
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Actuaciones realizadas a partir de esa información
Por qué es clave:
Aunque Servicios Sociales no haya iniciado el proceso, recibe información y abre expediente.
La familia tiene derecho a conocer todo lo que conste en él.
📌 Nunca aceptar “eso viene del colegio” sin documentación.
🟦 A la Administración educativa (Área Territorial / Inspección)
Qué se le puede exigir:
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Supervisión de la actuación del centro
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Aclaración de protocolos aplicables
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Identificación de responsabilidades
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Respuesta ante silencios o bloqueos del centro
Por qué es clave:
Cuando el centro no responde, la administración educativa sí debe hacerlo.
Es el nivel jerárquico que permite romper el cierre de filas.
🟦 A la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)
Cuándo acudir:
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Si no se facilita acceso a los datos
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Si hay cesiones sin aclarar
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Si se responde de forma ambigua
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Si se bloquea el ejercicio de derechos
Por qué es clave:
La AEPD no entra en el conflicto educativo, pero sí revisa la legalidad del tratamiento de datos, y eso suele ser el punto más débil del sistema.
Clave práctica para las familias
Una derivación rara vez se sostiene en un solo acto.
Suele ser una cadena:
Centro → informe → comunicación → expediente → actuaciones
👉 Cada eslabón tiene un responsable distinto.
👉 Cada responsable puede y debe ser requerido por escrito.
No es confrontar.
Es repartir correctamente las responsabilidades.